Tribunal se equivoca en quitarle curul al PAN en sesión fast-trak: Dagoberto Carreño
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el 03/09/2010 05:40
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Inicialmente la impugnación del Verde Ecologista, que dio paso a un escaño menos para el albiazul en la próxima legislatura, no era hacia esta fuerza política, sino en contra del Partido de la Revolución Democrática (PRD), como está asentado en el expediente RIN/DRP/01/2010.
Al revelar lo anterior, el representante del PAN ante el Instituto Estatal Electoral (IEE), Dagoberto Carreño Gopar, señaló que “la decisión que tomo el tribunal local, por el cual modifica el resultado de asignación de diputados de representación proporcional, violó el principio de legalidad de la constitución y CIPPEO”.
El también coordinador de los diputados locales de Acción Nacional, advirtió que el PVEM inició la impugnación en contra del PRD, pero el TEE resuelve en contra del albiazul.
Anotó, además, que con su decisión, ese órgano jurisdiccional violó la garantía de audiencia en contra del PAN, “porque si el advirtió que el recurso era en contra del PRD debió hacer un requerimiento al PVEM para no violarle su garantía de acceso a la justicia, pero tampoco debió de haber violado la garantía de audiencia de Acción Nacional”.
Carreño Gopar, aseguró que el TEE, no notifico, ni dio derecho de audiencia al PAN, porque el juicio que inicia el PVEM es en contra del PRD, pero este resuelve en contra del PRD.
La impugnación inicial en contra del PRD, fue la misma que concluyó en contra del PAN y en la cual el TEE también advierte al PT y Convergencia, tienen sobrerrepresentación, es decir que todos estos tenían una diputación de más.
Pero el ejercicio que hace el TEE de los cocientes electorales, los hace a modo para favorecer el esposo de la Auditora Superior del Estado (ASE), Rosa Lizbeth Caña Cadeza, y el hermano de esta, Adolfo Cañadeza, quien es el suplente de Rogelio Enriquez Palma, dirigente del PVEM y a quien el tribunal le otorga la diputación plurinominal.
Por separado el representante del Partido Convergencia (PC), ante el IEE, Víctor Hugo Alejo Torres, criticó la determinación del TEE y dijo que este interpretó mal aplicación del cociente electoral para la distribución de los diputados plurinominales.
Detalló que artículo 33 de la constitución establece que unan vez obtenidos los resultados totales de la elección, el IEE debe de proceder al darle al partido mayoritario, de acuerdo a su votación obtenida, más el 16 por ciento, un número determinado de diputados y dejar de aplicárselo al resto de los partidos.
“Pero el TEE dice que es al revés que se tiene que aplicar a todos, y le da una diputación al un partido que por su votación no alcanza a que se le asigne una diputación, aún cuando obtiene el más del 1.5 por ciento de la votación”.
Ese mismo porcentaje, deben de obtener los partidos para lograr permanecer en el espectro electoral y recibir financiamiento público es el mismo para tener derecho a recibir legisladores plurinominales.
“Pero aún cuando obtiene el porcentaje, la mayoría de diputados en base a sus resultados, el IEE los distribuye al PRI, PRD y PAN, Convergencia, PUP, PANAL y PT, por tanto no alcanza el PVEM”, puntualizó.
Y deslizó: “el PVEM es la ultima fuerza política electoral y por eso no alcanza”.
En su opinión, el TEE, está cometiendo errores, violando la legalidad del proceso y las garantías de muchos actores políticos.
Al coincidir con su homologo del PAN, señaló que si el TEE advirtió que el juicio es en contra de una primera figura, no es lo mismo sancionar a otro que nada tiene que ver, en este caso el PAN.
“No recuerdo un caso similar en los tribunales electorales del país en los últimos tres años, es un caso inédito”, rubricó Alejo Torres.
De acuerdo a las elecciones del pasado 4 de julio, para la elección de diputados plurinominales, según acta del IEE de los resultados de la votación de diputados por la vía de la representación proporcional, fue la siguiente:
PAN: 287 mil 294, el 19.61 por ciento de la votación; PRI: 592 mil 809, el 40.46 por ciento; PRD: 295 mil 682, el 20.18 por ciento; PVEM: 38 mil 272 votos, el 2.61 por ciento de la votación; PT: 48 mil 33 votos, el 3.30 por ciento; Convergencia: 56 mil 109, el 3.83 por ciento; PUP: 56 mil 651, el 3.87 por ciento y el Panal: 32 mil 447 votos, el 2.21 del porcentaje de los sufragios.
Los candidatos no registrados, obtuvieron 929 votos, el 0.06 por ciento; los votos nulos, 56 mil 772, el 3.87 de la votación.

